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¿Cómo incluye BIM el rol del inspector técnico?

Por: Alberto Montealegre B. de MONTEALEGRE BEACH ARQUITECTOS.

En la naturaleza de la idea de BIM está el concepto de colaboración y de trabajo multidisciplinario. Eso es sencillo de imaginar en el contexto del equipo de arquitectos e ingenieros que participan en el diseño. Pero, ¿cómo incluir al Propietario o, más específicamente, al Inspector?

La Inspección Técnica es una tarea diversa que tiene diferentes interpretaciones y que difícilmente puede concebirse como una disciplina. Es decir, la Inspección no es un actor ejecutante; ni en el diseño, ni en la construcción ni en la explotación de un edificio (u obra de infraestructura, etc.). Evidentemente, habrá una versión de la “Inspección Técnica” según la fase de un proyecto: una para la etapa de diseño, otra para la construcción y otra para la explotación. Pero en cada una de ellas hay un alcance común y específico que debe siempre tenerse en cuenta: la Inspección está del lado del Propietario, es su extensión técnica en la materia y es su representante. Este concepto es capital, porque en su rol de representación, la Inspección, al mismo tiempo que resguarda los intereses del Propietario, también lo compromete y lo involucra.

¿En qué sentido debe ser técnica una Inspección Técnica?

La Inspección Técnica no es una última línea de defensa para el Propietario en cuanto al diseño o la construcción, en el sentido de que deba suplir o superar oportunamente las fallas, vicios u obstáculos que luego repercutan en la calidad de la obra o en la satisfacción oportuna de sus objetivos. Todo eso, de alguna forma la Inspección lo hace, pero no porque sea otro actor de la Ingeniería o de la Construcción. Lo que hace técnica a la Inspección es su responsabilidad y autoridad para la creación y el establecimiento de condiciones de acción donde la calidad de los procedimientos se dé y se cumpla. En otras palabras, la técnica de la inspección es crear un “clima” de cumplimento de contrato. Un ambiente y una legalidad en ejercicio, una suerte de rol mixto, entre policial y conciliador. Policial, porque a la Inspección le cabe una función rigorosa y controladora de unas predefinidas “condiciones contractuales” (alcance, especificaciones, responsabilidades, roles, procedimientos, hitos, métodos prescritos de medición). De ella depende que se den, se cumplan, y que no se degraden o se perviertan. Pero es conciliadora, porque, a su vez, entiende cabalmente el juego, y lo que este implica, para todas las partes involucradas. Esto que está en juego no es otra cosa que la obtención de legítimos beneficios para los actores contractuales.

Como cabe al Propietario, la Inspección también debe dejar actuar y hacer lo suyo a diseñadores, constructores, etc., pero a diferencia del Propietario, la Inspección debe dejar actuar instruidamente, es decir, competentemente en las materias. Por eso, la Inspección no puede limitarse a hacer cumplir literalmente un contrato, sino también debe extenderse a que éste se cumpla dentro de un contexto más amplio, determinado por las normas técnicas, leyes y otros compromisos propios del contexto de la obra, y a los cuales ni la obra ni el Propietario pueden sustraerse ni arbitraria ni involuntariamente. Por esto, a la Inspección Técnica le cabe una competencia técnica multidisciplinaria que sea experta y conocedora de las reglas técnicas, ya que es el Propietario quien propiamente actúa, se involucra y se compromete inevitablemente a través de ella.

Los modelos BIM en la escena

En mi opinión, las técnicas de trabajo, representación y diseño que conocemos por BIM, han venido a poner en aprietos muy serios a la Inspección Técnica. No porque BIM sea problemático en sí, sino más bien, porque las Inspecciones todavía no saben con claridad qué hacer con BIM y cómo introducirse legítimamente en este nuevo grado de la Cultura Técnica.

Un modelo BIM es la ocasión e instrumento de una colaboración, de un trabajo en conjunto. “Co-laborar” es un término amplio, pero de alguna forma BIM lo pone en un caso extremo, y que revoluciona la accesibilidad de la información que ya de por sí la era de la computación ha entregado. A diferencia de CAD y otros recursos digitales, la información contenida en un modelo BIM es literalmente ingresar a la cocina, al laboratorio, al camarín o a cualquier otra metáfora análoga que represente el haber un cruzado un umbral que no necesariamente se quería. La Inspección técnica debe ser conciliadora, pero ¿significa que debe colaborar y solucionar? La Inspección debe ser policial, pero ¿debe también especificar y organizar?  Un modelo BIM le da al Inspector todas las herramientas para investigar, medir, verificar, conocer aspectos de lo que está representado en planos y especificaciones, en dos dimensiones, en palabras, en un limitado número de antecedentes que conforman “el contrato”, pero que pueden inadvertida o ocultamente estar mal. Y esto no siempre es bienvenido. Por el contrario, no sólo debilita la coherencia admitida o implícita de un Proyecto, sino que introduce en la Inspección un alcance nuevo sobre la responsabilidad y el rol que representa. Y, de paso, al Propietario.

Este rol entre policial y conciliador del Inspector queda puesto en jaque cuando, entre los “entregables” de un contrato se incluyen los modelos BIM. Los modelos BIM, incluidas todas sus prestaciones y proyecciones sobre usos futuros post-construcción, etc., en el fondo no han agregado nada nuevo desde el punto de vista de la Inspección Técnica de un contrato. Salvo una facilidad tecnológica evidente, no hay en su alcance nada diferente de otras formas menos eficaces de recopilar, ordenar y acceder a la información. Pero esta facilidad –que en el caso de un Inspector no es otra cosa que saber usar software BIM– es justamente lo que revoluciona su ubicación en la escena y las condiciones de su responsabilidad, inocencia, dolo o negligencia.

La tentación de co-diseñar.

Esta facilidad es una fuerza ineluctable. En los últimos tres años, el Estado y los Privados han convertido el BIM en un objetivo en sí. Con capítulos específicos sobre el tema, se han complementado los contratos de diseño, construcción y concesión, con exigencias que van mucho más allá de necesidades actuales, probadas o experimentadas. Las Inspecciones Técnicas han debido incluir en sus alcances y competencias la revisión de alcances BIM y la manipulación de modelos.  Aquí se agudiza una vieja amenaza, que es la tentación de la Inspección de co-diseñar e intervenir con sus propias soluciones de ingeniería tanto en la etapa de diseño como en la de construcción.

Ya sea por deficiencia propia o por falta de rigor de los proyectistas titulares, o simplemente por inadecuaciones para fines específicos de control de la propia Inspección, la manipulación autorizada de los modelos por parte del equipo de profesionales de una oficina de Inspección arriesga que este comience a actuar como proyectistas. A veces es la necesidad de introducir en el Modelo información incompleta, a veces información excesiva para fines de diseño o construcción pero que está solicitada en el contrato. A veces excesivo celo o entusiasmo con la nueva herramienta o, quizás simplemente el incontrolable impulso vocacional que hace a un arquitecto o a un ingeniero ser lo que es. El co-diseño ronda.

En materia de BIM, la Inspección Técnica, en cada una de las etapas de un proyecto en el que le toque actuar, debe permanentemente revisar los reales cometidos de su servicio, su rol y sus límites en medio de los distintos actores y, sobre todo, su representación y cercanía con el Propietario.